Serán subvencionables únicamente aquellos productos y servicios turísticos contratados directamente con agencias de viajes o empresa de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid adheridas al programa. No se admitirán reservas realizadas a través de terceros.
No serán subvencionables gastos posteriores que no hayan sido contemplados en la reserva inicial.
En ningún caso serán subvencionables los siguientes conceptos:
- Servicios de transporte fuera del territorio nacional.
- Consumo en el bar y minibar.
- Consumo de bebidas alcohólicas.
- Televisión de pago.
- Los gastos por cambios, anulación o cancelación de la reserva de servicios y productos contratados.
Los servicios no incluidos en la ayuda deberán facturarse de forma separada, no incluyéndose en la factura justificativa de la ayuda.