¿A partir de que día empieza a contar el plazo para que me concedan mi bono?
Atendiendo al art. 30.3 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
¿Puedo contratar mi viaje a través de plataformas de gestión de viajes a través de internet?
Únicamente se puede contratar directamente con empresas adheridas al programa a través de sus canales propios de comercialización. No se aceptarán reservas realizadas a través de empresas intermediarias.
¿Qué datos debe contener el documento de reserva?
El documento de reserva debe contener los siguientes datos:
- Fechas de disfrute
- Precio total de la reserva
- Servicios contratados
¿Qué documentación debe adjuntar la empresa turística para justificar el pago por parte del cliente?
Justificación y pago de la ayuda
Una vez consumidos los servicios objeto de bonificación por parte del turista, en el plazo de diez días naturales desde el consumo de los mismos, la empresa turística, procederá a la justificación ante la Entidad colaboradora, a través de su área privada, y para ello, deberá aportar:
¿Qué servicios se pueden reservar a través de un hotel/alojamiento turístico?
Se podrán contratar servicios y productos prestados por el propio alojamiento turístico. No se aceptarán bonos de alojamientos que reserven otros servicios que no sean los propios
¿Cómo debe ser la factura que emitan las empresas turísticas?.
La factura, tal como indica el artículo 13 de las normas reguladoras, debe incluir: “el número de bono, el nombre del usuario beneficiario, el emisor de la misma, los productos y servicios prestados objeto de bonificación, el descuento del 50% efectuado con motivo del programa sobre los conceptos bonificados, IVA incluido, y la fecha de disfrute de los servicios”.
¿Qué pasa si una empresa recibe una ayuda de mínimis durante la campaña?
La empresa deberá presentar una nueva Declaración responsable y ponerse en contacto con el equipo de soporte de gestión de bonos turísticos para realizar las modificaciones/actualizaciones necesarias en la plataforma de gestión.
¿Los bonos admiten minoración o ampliación una vez concedidos?
No, la concesión del bono es sobre el importe concreto que se indica en la reserva y que se adjunta en la solicitud inicial. Si hay cualquier cambio, el bono no será válido.
Si un turista contrata productos/servicios que son subvencionables y productos/servicios que no lo son, ¿Cómo debo facturar?
Se tienen que emitir 2 facturas, una por los productos/servicios subvencionables y otra por los que no lo son, y debe realizarse también en dos pagos distintos.
¿Cuál es el plazo que tengo para disfrutar de mi viaje una vez que el bono ha sido aprobado?
Una vez concedido el bono descuento, no es posible modificar el plazo para el disfrute de los servicios, que será el que consta en la reserva inicial. Recuerda que esta reserva inicial debe contemplar servicios que deberán ser consumidos en los cuarenta días naturales posteriores a su formalización.
¿Es posible hacer una reserva en el restaurante de un hotel sin pernoctar?
No, para poder disfrutar de los servicios contratados con las empresas de alojamiento turístico ubicadas en la Comunidad de Madrid y adheridas al programa, es necesaria una estancia mínima de una noche en el alojamiento.
¿Dónde puedo solicitar más información?
Puede solicitar información en el siguiente número de teléfono 910 77 11 44 o completando nuestro formulario en la página de contacto.
El horario de atención será de lunes a viernes de 9 a 19h y los sábados de 10 a 14h.