¿Qué datos debe contener el documento de reserva?
El documento de reserva debe contener los siguientes datos:
- Fechas de disfrute
- Precio total de la reserva
- Servicios contratados
El documento de reserva debe contener los siguientes datos:
Justificación y pago de la ayuda
Una vez consumidos los servicios objeto de bonificación por parte del turista, en el plazo de diez días naturales desde el consumo de los mismos, la empresa turística, procederá a la justificación ante la Entidad colaboradora, a través de su área privada, y para ello, deberá aportar:
Se podrán contratar servicios y productos prestados por el propio alojamiento turístico. No se aceptarán bonos de alojamientos que reserven otros servicios que no sean los propios
La factura, tal como indica el artículo 13 de las normas reguladoras, debe incluir: “el número de bono, el nombre del usuario beneficiario, el emisor de la misma, los productos y servicios prestados objeto de bonificación, el descuento del 50% efectuado con motivo del programa sobre los conceptos bonificados, IVA incluido, y la fecha de disfrute de los servicios”.
La empresa deberá presentar una nueva Declaración responsable y ponerse en contacto con el equipo de soporte de gestión de bonos turísticos para realizar las modificaciones/actualizaciones necesarias en la plataforma de gestión.
No, la concesión del bono es sobre el importe concreto que se indica en la reserva y que se adjunta en la solicitud inicial. Si hay cualquier cambio, el bono no será válido.
Se tienen que emitir 2 facturas, una por los productos/servicios subvencionables y otra por los que no lo son, y debe realizarse también en dos pagos distintos.
Puede solicitar información en el siguiente número de teléfono 910 77 11 44 o completando nuestro formulario en la página de contacto.
El horario de atención será de lunes a viernes de 9 a 19h y los sábados de 10 a 14h.
Una vez que la Entidad colaboradora comprueba la documentación justificativa, así como que la empresa sigue cumpliendo el límite de mínimis con la percepción de cada nueva ayuda, la Entidad colaboradora procederá al pago mediante ingreso de la cantidad bonificada y justificada en la cuenta indicada por la empresa turística.
La empresa deberá realizar un alta por cada establecimiento adherido.